¿Cómo se escribe nutricionista? Definición y Rol en el Deporte

En el ámbito de la salud y el bienestar, el término "nutricionista" se refiere a un profesional de la salud especializado en nutrición. Estos expertos juegan un papel crucial en el diseño de planes alimenticios personalizados que buscan optimizar la salud, el rendimiento deportivo y el bienestar general de sus pacientes.

Un buen nutricionista deportivo es clave si quieres lograr resultados impresionantes. El deporte es parte fundamental de nuestro ADN y contamos con nutricionistas deportivos que se adaptan a tus necesidades específicas, ya sea para deportes de resistencia como triatlón, maratón y mountain bike, o para deportes que requieren explosividad como fútbol, rugby y pádel. Además, ofrecemos asesoría nutricional con nutricionistas deportivos enfocados en fitness.

Nutricionista Deportivo

Nuestro nutricionista deportivo diseña planes nutricionales personalizados que optimizan el rendimiento y la recuperación, ayudándote a alcanzar tus objetivos deportivos de manera efectiva.

La Nutrición en las Diferentes Fases Deportivas

La nutrición en las diferentes fases deportivas es crucial para maximizar el rendimiento y la recuperación.

  • Pretemporada: Es esencial enfocarse en una dieta equilibrada que proporcione la energía necesaria para los entrenamientos intensivos y la construcción de músculo.
  • Postemporada: La nutrición se centra en la recuperación y el mantenimiento de la salud general, ajustando la ingesta calórica para evitar el aumento de peso no deseado.
  • Fases de Bulk: El objetivo es aumentar masa muscular, requiriendo un excedente calórico con proteínas y carbohidratos de calidad.
  • Fase de Definición: Se busca reducir el porcentaje de grasa corporal manteniendo la masa muscular, lo que implica una dieta hipocalórica alta en proteínas y baja en carbohidratos refinados y grasas saturadas.

Importancia de la buena alimentación en el deporte y el rendimiento deportivo

¿Qué son los superalimentos?

En más de una ocasión hemos leído u oído hablar de ellos, como alimentos que tienen un mayor aporte nutricional, de propiedades respecto a otros productos y que pueden contribuir de manera especial en nuestra salud.

Lea también: Estrategias para Perder Peso

Al buscar una definición sobre ellos, se les describe como alimentos que proporcionan numerosos beneficios a la salud humana debido a su alto número de propiedades nutricionales. Sin embargo, el doctor y académico, Luis Puente, plantea que la categorización de superalimentos, “obedece más bien a temas comerciales relacionados con cómo vender alimentos (…), no creer que, al consumir uno y otro alimento, puede mejorar nuestra salud de manera instantánea.

Asimismo, Miguel Ángel Rincón, profesor asociado del Instituto de Nutrición y Tecnología de los Alimentos, (INTA), afirma que dicho concepto “no tiene ninguna base científica y no tiene tampoco una base normativa.

Superalimentos

Sin embargo, especialistas plantean que más que buscar soluciones o una mayor eficacia en algunos alimentos por sobre otros, lo importante es tener una dieta equilibrada y balanceada. “No hay alimentos mejores o peores”, plantea Luis Puente, académico de la Facultad de Ciencias Químicas y Farmacéuticas de la Universidad de Chile.

Circular IF/Nº469 y el Formulario de Constancia de Información al Paciente GES

El 20 de mayo de 2024 se publica la Circular IF/Nº469, que introduce ajustes al formulario de constancia de información al paciente GES y al proceso de notificación. A continuación, se presentan algunas preguntas y respuestas clave relacionadas con esta circular:

Pregunta Respuesta
¿Se puede escanear y guardar digitalmente el formulario? Sí, el Capítulo VI "de las Garantías Explícitas en Salud Ges", Título IV "Normas Especiales para Prestadores", numeral l permite el almacenamiento digital.
¿Puede enviarse la notificación GES vía correo electrónico en atenciones presenciales? Sí, podrá enviarse el formulario por correo electrónico, de manera complementaria a la entrega que se debe realizar de forma presencial.
¿Quién debe hacer la notificación si una endoscopia arroja resultado positivo en el test de ureasa? El Capítulo VI "de las Garantías Explícitas en Salud Ges", Título IV "Normas Especiales para Prestadores", l indica que el encargado es el prestador.
¿Qué pasa con los establecimientos con registro electrónico RAYEN? Los formularios aparecen de forma automática en el sistema si se ingresa el diagnostico GES.

Por último, respecto a la forma de fiscalizar que el paciente tomó conocimiento en una consulta remota, ésta se ceñirá a las obligaciones establecidas en la referida normativa, correspondiendo en este caso a lo indicado en el referido numerando 1.2. donde se establece que en caso de indicarse las casillas “correo electrónico" o "carta certificada", para efectos de acreditar el cumplimiento de la obligación de notificar, los prestadores, junto con el formulario emitido, deberán conservar la copia del correo electrónico remitido o la certificación respectiva.

Lea también: Cómo adelgazar de forma sana

De acuerdo a lo establecido en el Capítulo VI "de las Garantías Explícitas en Salud Ges", Título IV "Normas Especiales para Prestadores", numeral 1. "Obligación de los Prestadores de Entregar Información Relacionada con las GES", del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios, que fue modificado por la Circular IF/Nº 469, las patologías GES no oncológicas deben continuar notificándose según las reglas generales, es decir, al momento de la "confirmación" ya que el recuadro "sospecha" únicamente existirá para patologías GES oncológicas.

Efectivamente, con la entrada en vigencia de la Circular IF/Nº 469 todas las enfermedades NO oncológicas se informarán por el formulario solo ante la CONFIRMACIÓN y los problemas GES oncológicos se realizarán cada vez que el paciente cambie de etapa. Sin embargo, la Circular ya entró en vigencia, con fecha 3 de junio de 2024, únicamente se autoriza a usar el formulario GES implementado por la Circular IF/Nº 451 hasta el 31 de diciembre de 2024.

En enero de 2017 fue publicada en el Diario Oficial la Ley N°20.985, que establece normas sobre certificación de especialidades médicas obtenidas en el extranjero.

Lea también: Cómo bajar de peso saludablemente

tags: #Nutricion #Nutricionista

Publicaciones populares:

Agregar un comentario

Su dirección de correo no se hará público. Los campos requeridos están marcados *